Cumplimos a cabalidad con los requerimientos
establecidos en el Decreto 356/1994
expedido por la Supervigilancia.
DECRETO 4950 DE 2007: ARTÍCULO 6.
Cooperativas armadas y sin armas con medio humano. La tarifa se ajustará a la estructura de costos y gastos propios de estas empresas, teniendo en cuenta su régimen especial de trabajo asociado, de previsión y seguridad social y de compensaciones que les permite un manejo diferente de las empresas mercantiles.