Conoce la diferencia entre seguridad privada y conserjería
En muchas ocasiones se interpreta el término conserjería y seguridad privada como semejantes, sin embargo, es importante resaltar que su significado no es el mismo, y la actividad de cada uno varía en cuanto a responsabilidades, condiciones de contratación, entre otros.
En Cootraescal te contamos las principales diferencias entre estos dos términos:
Conserjería
- Salarios más reducidos debido a que no tiene tarifas mínimas de contratación
- Este servicio es prestado por una persona natural, contratada por la misma administración para realizar diferentes tareas como recepción de documentos, lleves, limpieza entre otros
- Este servicio es considerado ilegal para la prestación de servicio de seguridad según la Superintendencia de Seguridad y Vigilancia Privada
- No tiene licencia de funcionamiento
- No tiene pólizas
- No se encuentra autorizado para el porte de armas o el uso de otros elementos
- No utiliza implementos como uniforme que lo identifique
- La persona natural no se encuentra debidamente certificada o capacitada para la prestación del servicio
- En muchas ocasiones por ser persona natural no tiene cubrimiento de ARL en caso de accidente
Seguridad privada
- La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad privada establece tarifas mínimas para el cobro de servicios
- El servicio es contratado directamente con la cooperativa o empresa prestadora del servicio, y solo presta servicio de seguridad
- Las empresas y cooperativas prestadoras del servicio se encuentran autorizadas para su ejercicio por la Superintendencia
- Cuenta con pólizas de responsabilidad civil extracontractual
- Se encuentra autorizado para prestar un servicio integral con armas, caninos, sin armas, medios tecnológicos entre otros
- La empresa se distingue por la utilización de uniforme propio de sus colaboradores
- Cuenta con personal capacitado para la prestación del servicio
- Brinda cubrimiento de ARL a cada uno de los colaboradores prestadores del servicio
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